6. VINCULACIÓN DE LOS PLANES DE DESARROLLO MUNICIPAL 2015-2020 CON LOS SISTEMAS DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y COMUNITARIO

6.1 Sistema de Planificación Democrática

Subsistema Los plenos

La información periódica de hechos relevantes

Decisiones compartidas por afectados

El presupuesto local compartido

 

Planificación Democrática

Proceso mediante el cual se efectúa de manera permanente la consulta con el ciudadano, con el propósito de que los vecinos participen activamente en las decisiones para definir objetivos, estrategias, metas y prioridades de desarrollo, a su vez para proponer nuevas formas de vinculación, gestión y de trabajo para mejorar los efectos de las acciones del Sector Público.

En general, se pueden agrupar como un conjunto de ideas y prácticas de desarrollo local, impulsadas por entidades públicas y sociales, que reconocer el papel de los gobiernos locales como sujetos activos del desarrollo local integral. 

Para caracterizar la planificación democrática, es cuando adquiere el carácter de participativa en la medida que es un proceso que implica:

a) La creación de un espacio de diálogo y reunión para construir una visión compartida del desarrollo local.
b) La formulación de políticas públicas locales consensuadas y orientadas al desarrollo con equidad.
c) La promoción de la participación y del pleno ejercicio de ciudadanía, compartiéndose responsabilidades entre el conjunto de actores locales.
d) El desarrollo de capacidades del Gobierno Local y de los diferentes actores locales para el diagnóstico y propuestas que lo hagan sostenible.
e) La oportunidad para articularse a procesos de desarrollo local a partir de aprovechar y gestionar las potencialidades locales, aportando a la construcción de una visión común del pueblo.

Pero además agregamos que a partir de los débiles niveles de ciudadanía con la que contamos en La Cabrera, una administración local podrá ser considerada de carácter democrática siempre que  se invierta esfuerzos en desarrollar una ciudadanía madura y una organización social fortalecida, sin estas bases difícilmente se pueden construir relaciones democráticas sostenibles y participación ciudadana consciente y activa.

Están apareciendo nuevos actores y no se conforman con pasar, ahora quieren votar posiblemente no gobernar pero quieren estar informados y participar en las decisiones que para ellos tengan consecuencias futuras. Es el momento de la sociedad civil que ha madurado a base de crisis, conscientes del engaño, de la publicidad, de frases para titulares. Muchos que se abstenían están viendo que hay que cambiar el modelo actual sin preguntarse si es bueno o no , simplemente porque tiene que haber uno mejor.

Una planificación democrática será efectiva siempre que se desarrolle en el marco de una administración que apueste por la democracia participativa, de modo que no sólo es la actuación de la sociedad civil en la que debemos basar nuestros esfuerzos  y análisis sino también en el tipo de Estado que tenemos, en su cercanía o lejanía, puesto que la reconstrucción de la participación  democrática requiere no sólo cambios en los sistemas políticos locales sino también en el Estado

No es una responsabilidad solo de los gobiernos locales, que generalmente no cuentan con el personal técnico adecuado ni la voluntad política de promover ciudadanía desde el fortalecimiento de espacios locales o la promoción de la organización social es también responsabilidad de los ciudadanos acostumbrados a pedir pan a la administración, pedir seguridad o subsidios como un favor que ellos conceden . Estamos entendiendo que no es un favor es una obligación porque estamos en una sociedad de derecho y contribuimos con nuestro trabajo e impuestos para una distribución de la renta mas equitativa .

 

Subsistema Los plenos

FUNCIONAMIENTO DEL PLENO - CLASES DE SESIONES DEL PLENO

1. Ordinarias: Son aquellas que se celebran en la fecha previamente establecida por el propio Pleno. (Ej.: ultimo viernes de cada trimestre natural).Es obligatorio celebrar, como mínimo, una cada tres meses en los municipios con población hasta 5.000 habitantes

2. Extraordinarias: No están fijadas previamente sino que se convocan cuando lo decida el Alcalde o cuando lo solicite, al menos, una cuarta parte del número legal de miembros de la Corporación.Tanto las sesiones ordinarias como las extraordinarias deben convocarse y notificarse con una antelación mínima de 2 días hábiles. 

3 Extraordinarias urgentes: Las convoca el Alcalde cuando la urgencia del asunto no permite     convocar una sesión extraordinaria con la antelación mínima de dos días hábiles. En este caso, en el primer punto del orden del día, el Pleno debe acordar por mayoría simple si existía o no urgencia. Si el Pleno decidiera que no hay urgencia acto seguido se levantará la sesión.

CONVOCATORIA Y ORDEN DEL DÍA

La convocatoria de las sesiones la hace el Alcalde, con la antelación ya señalada. El orden del día de la sesión lo fija el Alcalde asistido por el Secretario. En el orden del día de las sesiones ordinarias debe incluirse siempre el punto de "ruegos y preguntas"

La convocatoria, el orden del día y el borrador del acta de la sesión anterior se notifica a todos los concejales en su domicilio, con la misma antelación.

CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS SESIONES

Para que estén válidamente constituidas se requiere la asistencia de un tercio del número legal de miembros de la corporación, que nunca podrá ser inferior a tres.En general, salvo en contadas ocasiones, las sesiones son públicas (puede asistir público a las mismas).Toda sesión debe respetar el principio de unidad de acto y se procurará que termine el mismo día en que comienza.

DESARROLLO DE LAS SESIONES

Las dirige el Alcalde.

El primer punto del orden del día es la aprobación del acta de la sesión anterior. Aquí debe tenerse en cuenta que el acta es un resumen que hace el Secretario sobre el desarrollo de la sesión anterior. Por ello los concejales pueden solicitar rectificaciones cuando consideren que algo no ha quedado bien reflejado pero en ningún caso se podrán modificar los acuerdos tomados que son válidos y ejecutivos desde la fecha de celebración del Pleno anterior.

A continuación se debate sobre el resto de los asuntos incluidos en el orden del día, y en ese mismo orden, aunque en determinados casos el Alcalde puede alterar el orden.Cualquier Concejal puede pedir la retirada de un asunto (para incorporarle documentación) o que quede sobre la mesa para discutirlo en la siguiente sesión.

Normalmente se somete al Pleno el dictamen, que es la propuesta que hace al Pleno la Comisión Informativa que ha estudiado e informado previamente el asunto. Este dictamen puede llevar un voto particular, cuando algún miembro de la Comisión Informativa propone que se modifique el citado dictamen. También puede presentarse una enmienda que es una solicitud de modificación del dictamen que presenta cualquier miembro de la corporación.

También puede presentarse al Pleno una proposición, es decir, una propuesta que se ha incluido en el orden del día pero no ha sido previamente informada por la Comisión Informativa. En este caso el Pleno deberá ratificar por mayoría simple su inclusión en el orden del día antes de tomar acuerdo alguno sobre el asunto.

Terminado el examen y acuerdo sobre los asuntos del orden del día, cuando se trate de sesiones ordinarias, los miembros de la corporación podrán presentar mociones, es decir, propuestas sobre asuntos no incluidos en el orden del día que se considera conveniente tratar por razones de urgencia. El Pleno deberá acordar la conveniencia o necesidad de tratar el asunto por mayoría absoluta.

En las sesiones ordinarias siempre se dará la posibilidad a los concejales de plantear ruegos (solicitudes de actuación) y preguntas (formulación de cualquier cuestión) a los órganos de gobierno.Los ruegos y preguntas junto con las mociones constituyen la fase de control del Pleno sobre los demás órganos.

La información periódica de hechos relevantes

El artículo 20 de la Constitución ampara el derecho a la libertad de expresión e información así como a la Ley de Base de Régimen Local, que en su artículo 69 especifica que las corporaciones locales “facilitarán la más amplia Información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local”.

Por todo ello, la función comunicacional se convierte en una obligación para las Administraciones locales, que deben informar a los contribuyentes de la manera en que se gestiona el dinero público, de los acuerdos que toman y de las actividades que llevan a cabo.

Cuando la gestión no se comunica puede ocurrir que:

Se haga una buena gestión y no sea lo suficientemente valorada porque no se ha sabido explicar; que el municipio ofrezca buenos productos y servicios al interior y exterior de la población pero que no se logren niveles aceptables de usuarios; o que los dirigentes se aíslen de los ciudadanos en lugar de abrir nuevos lazos y fomentar la relación. Por ello, defendemos la necesidad de una buena comunicación pública, basada en un plan de comunicación.

Esto se resumen en una frase: la entidad es para la sociedad la imagen que de ella ofrecen los medios de comunicación.

En el caso de los ayuntamientos, es fundamental la relación con los vecinos  para hacer llegar el mensaje de la institución y la idea que éstos se formen de sus gestores dependerá en gran medida de los contenidos y su relevancia. 

A nivel local, las relaciones no están establecidas, pagina web no refleja ningún hecho relevante y el boletín mensual no cumple con el objetivo de relevancia que se necesita ni está pensado para ello. Igualmente en corporaciones locales mas pequeñas se suplen los bandos del alcalde por las nuevas tecnologías, en nuestro caso ninguna de las tres herramientas sustituye al procedimiento informativo de las tertulias en bares y tiendas del municipio.

Decisiones compartidas por afectados

Dirigir una organización como un Ayuntamiento  es esencialmente un “juego” de continuas tomas de decisión. Distinguimos en general, dos tipos de toma de decisión: aquellas que son tomadas por el Pleno  o el Alcalde, sin la participación de otros actores de la comunidad o aquellas que se toman consultando a uno o varias de las partes interesadas.

De cierta forma, esta última modalidad nos parece la más correcta y participativa. En general, pensamos que es deseable y necesario para tomar las mejores decisiones escuchar la opinión de otros o que seamos consultados con respecto a qué pensamos. De hecho, al tomar decisiones de forma compartida se utiliza la experticia de aquellos involucrados en el proceso, aumentan la moral, confianza y motivación, fomenta capacidades de liderazgo y nuevos líderes entre otras cualidades positivas.

Sin embargo, el proceso de toma de decisión requiere desde la perspectiva de la gestión directiva, saber en qué consiste, cuándo y cómo es pertinente proceder colaborativamente, ya que no todas las situaciones o desafíos son susceptibles de ser resueltos con el mismo grado de participación.

La toma compartida de decisiones es un proceso en el que una variedad de miembros de la comunidad colaboran en la identificación de problemas, definición de objetivos, formulación de la política y disposición de la corporación, velando por la aplicación de las decisiones. Las personas responsables de la ejecución de una decisión se involucran activa y legítimamente en la toma de la decisión

El presupuesto local compartido

En menos de 15 años, el Presupuesto Participativo se ha vuelto un tema de debate central y un amplio campo de innovación para todas las personas involucradas en la democracia y el desarrollo local. El municipio es el territorio de la ciudadanía, donde el poder estatal está más próximo a las personas y donde los mecanismos de participación pueden ser más directos para resolver los crecientes problemas y mejorar la calidad de vida de la población.

Los principales resultados del presupuesto participativo se refieren a cuatro aspectos: la mejora en la gestión local, la mejor redistribución de los recursos, la participación ciudadana y la política. Cuestiones que plantean muchas preguntas, algunas de las cuales no pueden ser respondidas por lo novedoso de este proceso, donde encontramos muchas resistencias, obstáculos, incertidumbres y limitaciones de la propuesta, que se encuentran en un lugar de confrontación de intereses como es la elaboración del presupuesto municipal.

Desde esta perspectiva, gobernar un territorio significaría mucho más que el mero hecho de prestar a sus habitantes una serie de servicios . Significaría la posibilidad de desarrollar nuevas formas de "regulación social", de fabricar y mantener los lazos sociales sin los cuales el "vivir en comunidad" deja tener sentido. Significaría favorecer la apropiación de la política por parte de la ciudadanía, de los diversos actores, dando sentido a la "acción colectiva", concibiendo y desarrollando proyectos comunes, en una visión de conjunto percibida por todos como legitima.

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO:UNA NUEVA FORMA DE PARTICIPAR EN POLITICA

Para abordar esta cuestión, el punto de arranque lo vamos a situar en un contexto donde en la actualidad se produce un claro desajuste de las instituciones dela democracia representativa frente a los cambios sociales, políticos y culturales vividos por nuestras sociedades a lo largo de las últimas décadas, que conforman un diagnóstico, podríamos decir, de "crisis de confianza ciudadana" en el funcionamiento tradicional de las instituciones de la democracia representativa. Esta situación tiene su expresión en tendencias tales como el individualismo, el cinismo y la apatía política (o el absentismo electoral), que se conectan con ciertas tendencias sociales y culturales de carácter estructural tales como procesos de consumismo acrítico, debilitamiento de algunas identidades, desprecio de lo público, pérdida de referentes políticos o decepciones y frustración por procesos de corrupción, que nos señalan algunos de los síntomas de la mala salud de las instituciones representativas, incapaces de dar respuesta a nuevas demandas y conflictos emergentes .En este contexto surge una nueva ciudadanía, a partir de nuevas demandas participativas, más informada y reflexiva, que reivindica espacios crecientes en los procesos de toma de decisiones y que se aleja de viejos formatos rígidos y jerárquicos de participación para implicarse en espacios y organizaciones cuyo funcionamiento es más horizontal y democrático. Esta nueva ciudadanía, que tiene poco que ver con las formas partidistas tradicionales, participa entorno a los nuevos movimientos sociales, ongs o espacios comunitarios, generando lugares participativos en los procesos de definición de problemas, de elaboración de diagnósticos, de la conformación de agendas políticas, de toma de decisiones e incluso de gestión de servicios públicos—esfera pública no estatal— ha tenido su mayor expresión en el espacio de lo local, por ser este el primer lugar donde estallan los conflictos y por ser este el escenario privilegiado desde el cual puede desarrollarse experiencias de participación ciudadana y democracia participativa por una lógica de escala y proximidad.

El presupuesto participativo establece unas reglas de juego que regula (por lo que se trata de un proceso auto-regulado)el encuentro de la población con sus gobernantes para consensuar las decisiones sobre la gestión pública (y especialmente en el capítulo de inversiones).En este sentido podemos hacer las siguiente definición: los Presupuestos Participativos son una herramienta de

intervención ciudadana, probablemente la más compleja y conocida de las modalidades de democracia participativa local, que permite implicar a la población en la toma de decisiones públicas y persigue promover la participación de la población en la gestión pública, concretamente en la toma de decisiones sobre los gastos y recursos de la planificación presupuestaria. Donde en última instancia, el valor agregado es la disminución de las desigualdades y la reducción de la segregación espacial y social.