MENSAJE DE CANDIDATOS Y COMPROMISO POLÍTICO

Principios de desarrollo y equidad

INTRODUCCIÓN            

I. Una Administración municipal moderna y abierta a los ciudadanos.                  
Una Administración transparente
Una Administración comprensible
Una Administración atenta con el ciudadano
Una Administración Municipal participativa
Una Administración ágil y tecnológicamente avanzada                  

II. Una Administración Municipal solidaria y defensora del medio ambiente

Protección de las personas con discapacidad
Los inmigrantes ante la Administración
La Administración y los ciudadanos en situación de exclusión
La Administración Municipal y el Medio Ambiente

III. Una relación de confianza con los empleados públicos

IV. Deberes de los ciudadanos de La Cabrera ante su Administración municipal 

V.  Eficacia de Principios de desarrollo y equidad

Introducción 

Las relaciones entre el Ayuntamiento de La Cabrera y sus vecinos, entre nuestra Administración Municipal y sus administrados, se han de caracterizar por la existencia de un vínculo que venga definido por los derechos, las obligaciones y por el desarrollo de la participación ciudadana y la equidad entre todos.

Hemos de contraer un compromiso en la defensa y la protección de los derechos, especialmente de los fundamentales, a todas las personas que se encuentren en el pueblo, sean o no residentes  aquí. Igualmente, a todos es exigible el cumplimiento de los deberes cívicos y el respeto a las personas y al entorno urbano. 

En este marco, la sociedad  demanda una Administración Municipal abierta, en proceso de mejora continua. Una Administración cuya gestión se oriente a la satisfacción de las necesidades y expectativas ciudadanas, que sea capaz de dar servicio con la mayor agilidad, calidad y eficacia, incorporando para ello los métodos de organización e instrumentos administrativos y tecnológicos más adecuados a nuestra necesidad. 

Asimismo, la necesaria convivencia cívica y la preservación de los derechos e intereses generales, y de los que correspondan a todas y cada una de las personas que se hallan en nuestro pueblo, exigen el cumplimiento de determinadas normas de conducta y el sometimiento a la legalidad democráticamente aprobada. Ser ciudadano, mujer u hombre, en La Cabrera como en cualquier otra localidad, significa asumir un compromiso con el entorno social, del cual se derivan, a su vez, derechos y deberes. La obstaculización en el ejercicio de los primeros o la falta de cumplimiento de las obligaciones, conlleva consecuencias que afectan a toda la sociedad. 

El Ayuntamiento, en su diario actuar como Administración más próxima al ciudadano que garantiza los derechos de éste en el ámbito local, deberá propiciarle la más adecuada atención, información y servicio y la pertinente participación de vecinos y asociaciones en la vida municipal. 

Este documento de principios (básicos) que han de configurar una Administración Municipal, tendrá como objeto y finalidad garantizar los principios de transparencia, información y atención adecuada en la prestación de los servicios de convivencia y equidad, para el cumplimiento de las leyes, estableciendo así mismo, los derechos y las obligaciones de los administrados. 

Tal es el objeto y finalidad de este documento de principios  que configura una Administración Municipal que responde a los principios de transparencia, información y atención adecuada en la prestación de los servicios , de convivencia , y equidad para el cumplimiento de las leyes, estableciendo los derechos y obligaciones de los administrados. 

Este documento ha de ser complementado, en materia de Participación Ciudadana, por las normas que desarrollen y fomenten la misma, así como por el resto de actuaciones y buenas prácticas tendentes a propiciar la atención, información y participación de vecinos y asociaciones en la vida municipal, implicándoles en la creación y en el desarrollo  de una comunidad activa. Además, ha de ser complementada con un Reglamento de transparencia y de Participación ciudadana y el resto de legislación vigente, administrativa o no; desde la propia Constitución Española a las leyes, reglamentos, u otra normativa, bien de carácter general o sectorial, de la que se derivan derechos o deberes para los ciudadanos y que no cabe incluir en la presente documento cuyo objeto no es, obviamente, constituirse en un texto compilatorio o de recopilación de las variadas disposiciones que, día a día, van incorporándose a nuestro ordenamiento jurídico

Este documento de Principios de desarrollo y equidad desarrolla en su primera parte los principios de transparencia, información y atención adecuada, destacando la importancia de conseguir una Administración responsable ante los ciudadanos, quienes podrán formular sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la misma, formular los correspondientes recursos y exigir, en caso necesario, las reparaciones a que hubiera lugar. 

La segunda parte se centra en la necesidad de una Administración cada día más solidaria, con el compromiso de prestar una especial atención y cuidado con aquellos ciudadanos que se encuentran más desprotegidos. Entre éstos, cabe destacar a las personas que sufren una discapacidad sensorial, física o psíquica, para que logren solventar sus problemas de comunicación y eliminar barreras y obstáculos. Además, lógicamente, de los inmigrantes a quienes se debe asegurar la aplicación de los principios y derechos recogidos en este documento. E igualmente, de las personas en riesgo o en situación de exclusión, que tienen derecho a un especial amparo por parte de las instituciones. Asimismo, se contempla un marco general de protección del medio ambiente, un medio natural que esperamos recuperar.

En su tercera parte de aquellos derechos que son característicos de la relación del ciudadano con los empleados públicos. 

En su cuarta parte alude a los deberes de los vecinos para con su Administración Municipal que garantizan, a su vez, los derechos e intereses generales de todos. 

Finalmente, se ocupa  de Derechos y Deberes  de los corporativos, funcionarios y empleados municipales y demás personas e Instituciones que cooperan con la Administración Municipal. 

Asimismo se contempla el seguimiento y evaluación del desarrollo y cumplimiento de este documento a lo largo de la legislatura 

 

I. UNA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL MODERNA Y ABIERTA A LOS CIUDADANOS. 

Una Administración transparente. 

1.- El ciudadano de La Cabrera tendrá derecho a recibir información sobre las actividades, la gestión y el funcionamiento de su Administración Municipal, sobre los servicios que ésta presta y la forma de prestarlos, sobre los compromisos de calidad que asume para su prestación y sobre las características y requisitos genéricos de los distintos procedimientos administrativos. Además, el Ayuntamiento ha de ofrecer al ciudadano información sobre sus derechos y obligaciones. 

La información municipal, con el fin de asegurar la máxima participación, se podrá hacer en las formas siguientes: 

a. Información pública. Los Plenos serán grabados en vídeo y visualizados en la web municipal, abriendo el turno a ruegos y preguntas de los vecinos.

b. Información pública individualizada, que se debe utilizar al menos en las actuaciones urbanísticas de singular relevancia o en otros supuestos, en ambos casos se establecerá por reglamento. 

c. Consulta directa de los ciudadanos, mediante sistemas telefónicos y telemáticos, de las bases de datos, ficheros y registros que el Ayuntamiento disponga abrir al acceso público. 

Nota: En este sentido se tendrá en cuenta cómo ha de llevarse todo esto a la práctica. Será necesario crear toda una red de base de datos que pueda ser consultada pero no manipulada….

d. Los vecinos  serán informados de los resultados de la gestión municipal. Con el fin de hacer efectivo este principio de transparencia. Esta información se difundirá por los medios y por las redes de comunicación para asegurar su conocimiento general y mediante reuniones públicas trimestrales .para informar de la situación del presupuesto y temas de relevancia

e.  La web del Ayuntamiento reflejara toda la información relativa a la ley de transparencia  

A) INFORMACIÓN SOBRE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL 

1.- INFORMACIÓN SOBRE LOS CARGOS ELECTOS Y EL PERSONAL 

2.- INFORMACIÓN SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y EL PATRIMONIO 

3.- INFORMACIÓN SOBRE NORMAS E INSTITUCIONES MUNICIPALES 

B) RELACIONES CON LOS CIUDADANOS Y LA SOCIEDAD 

1.- CARACTERÍSTICAS DE LA PÁGINA WEB DEL AYUNTAMIENTO 

2.- INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO 

3.- GRADO DE COMPROMISO PARA CON LA CIUDADANÍA 

C) TRANSPARENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA 

1.- INFORMACIÓN CONTABLE Y PRESUPUESTARIA 

2.- TRANSPARENCIA EN LOS INGRESOS, GASTOS Y DEUDAS 

D) TRANSPARENCIA EN LAS CONTRATACIONES Y COSTES DE LOS SERVICIOS

1.- PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS 

2.- SUMINISTRADORES Y COSTES DE LOS SERVICIOS 

E) TRANSPARENCIA EN MATERIAS DE URBANISMO, OBRAS PÚBLICAS Y MEDIOAMBIENTE 

1.- PLANES DE ORDENACIÓN URBANA Y CONVENIOS URBANÍSTICOS 

2.- ANUNCIOS Y LICITACIONES DE OBRAS PÚBLICAS 

3.- INFORMACIÓN SOBRE CONCURRENTES, OFERTAS Y RESOLUCIONES 

4.-OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO E INFRAESTRUCTURAS 

F) INDICADORES LEY DE TRANSPARENCIA 

1.- PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN 

2.- CONTRATOS, CONVENIOS Y SUBVENCIONES 

3.- ALTOS CARGOS DEL AYUNTAMIENTO Y ENTIDADES PARTICIPADAS 

4.- INFORMACIÓN ECONÓMICA Y PRESUPUESTARIA

En el tratamiento específico de la información que se ponga a disposición de quien la quiera consultar y en la determinación de los procedimientos y protocolos de acceso, se debe tener en cuenta la normativa que regula el carácter privado de los datos personales. El Ayuntamiento podrá exigir la identificación previa del consultante y establecer requisitos específicos para abrir el acceso a determinados ficheros o bases de datos. 

 Se impulsará la creación y dotación material de la Oficina de Atención Ciudadana 

 El Ayuntamiento promoverá todo tipo de consorcios y asociaciones, y participar en ellos, con la finalidad de impulsar y estimular el uso de las nuevas tecnologías y el desarrollo de nuevos sistemas de información, de poner en común las bases de datos y de información municipales y de facilitar el acceso a éstas, para la generación de nuevas iniciativas y emprendimiento social, económico y cultural.

En este sentido, el Ayuntamiento contempla la elaboración de los correspondientes Manuales de  Servicios/Cartas de Servicios, antes de que finalice el mes de marzo de 2016. Un manual de

Servicios es un documento por el que cada área de gestión  del Ayuntamiento  informará a los ciudadanos sobre: 

 Los servicios que presta y la forma de prestarlos. 

 Los procedimientos y funciones que se realizarán

 Los compromisos de calidad que asume para proporcionar un mejor servicio. 

 Los plazos y detalle de los impuestos que paga

El Ayuntamiento, como institución que presta servicio a los ciudadanos, orientará su gestión a la satisfacción de sus necesidades y expectativas, facilitando la cumplimentación de impresos y gestiones en la propia administración local.

Por ello, la finalidad de estos principios  es:

Acercar el Ayuntamiento a los ciudadanos, sentirle suyo y que sirva de lugar central de encuentro entre los vecinos y las asociaciones o grupos de interés.

• El ciudadano tiene derecho a asistir a las sesiones del Pleno, o de otros órganos municipales, cuando así proceda, y a formular planteamientos ante el Consistorio en los términos reconocidos en las leyes y reglamentos de participación ciudadana y el reglamento de transparencia que se aprobaran antes de julio de 2016.

Una Administración comprensible. 

El ciudadano recibirá las comunicaciones administrativas, las resoluciones y acuerdos, en términos sencillos y comprensibles, evitándose (en la medida de lo posible) requerimientos innecesarios. El ciudadano tendrá, así, derecho a que cuando la Administración se dirija a él utilice un lenguaje claro y sencillo, que, respetando las exigencias técnicas y jurídicas necesarias, resulte comprensible. 

Los responsables que dirijan los actos administrativos velarán por la salvaguardia de este derecho. 

La Administración Municipal proporcionará gratuitamente formularios de instancias a los ciudadanos para facilitar el ejercicio de sus derechos. 

El ciudadano podrá realizar la mayoría de los procedimientos mediante la ventanilla única. Deberá estar en funcionamiento en el segundo año de legislatura.

Una Administración atenta con el ciudadano. 

Los ciudadanos tienen derecho a ser atendidos e informados de forma amable, diligente y respetuosa en igualdad de condiciones y sin discriminación alguna. 

• El Ayuntamiento, desde el Servicio de Atención Ciudadana, de forma presencial o por teléfono e inmediatamente, facilitará información sobre la denominación, dirección, número de fax, teléfono o correo electrónico y horario de la oficina o dependencia a la que dirigirse para realizar cualquier gestión. 

• Se editará una Guía de Servicios que se colgará en la web municipal, a fin de mantener debidamente actualizado el contenido de aquélla, al servicio de los ciudadanos que deseen conocer los recursos municipales y su responsable. 

• Las actuaciones administrativas en las que resulte preceptiva su comparecencia se celebren con la máxima puntualidad. 

• La Administración Municipal deberá informar al ciudadano sobre las razones del retraso o de la suspensión de cualquier actuación administrativa a la que estuviera convocado.  

• El ciudadano tendrá respuesta a la totalidad de cartas que remita al ayuntamiento, aquellas peticiones de información, quejas, comentarios que pudieran llegar al ayuntamiento por otras vías: registro oficial, correo electrónico, a través de la web, y dirigidas hacia los distintos departamentos o servicios

• Las dependencias administrativas accesibles al público, tales como zonas de espera, despachos, etc., deberán reunir las condiciones y servicios necesarios para asegurar una correcta atención al vecino. 

Para el ejercicio del derecho de petición, se ha de seguir lo que disponen las leyes generales sobre esta materia, teniendo en cuenta que el ejercicio del derecho de petición puede ser individual o colectivo. (El derecho de petición se puede definir como la facultad que pertenece a toda persona de dirigirse a los poderes públicos para hacerles conocer un hecho o un estado de cosas y para reclamar su intervención.)

Una Administración Municipal participativa y responsable. 

La Administración municipal llevará a cabo encuestas, sondeos y consultas para valorar el grado de satisfacción ciudadana sobre los servicios que recibe. 

Los ciudadanos serán tratados en condiciones de igualdad en su acceso a los distintos servicios públicos conforme a la normativa vigente. 

• El Ayuntamiento tiene que velar para que no se produzcan conductas discriminatorias negativas por razón de lugar de nacimiento, raza, religión, ascendencia, edad, sexo o discapacidad física, psíquica o sensorial. 

• El ciudadano tiene derecho a formular reclamaciones, quejas y sugerencias relativas al funcionamiento de la Administración Municipal, así como a recibir respuesta a las mismas. El compromiso será “ninguna comunicación sin respuesta “.

• Se pondrá en marcha el concepto de presupuesto participativo.

• Cualquier decisión de trascendencia que pueda condicionar la economía local, la vida social, educación, sanidad u ocio será aprobada previa consulta a los vecinos afectados o a su totalidad.

• Se impulsaran asociaciones o grupos vecinales con relación directa al concejal de cada área para el desarrollo de iniciativas y su puesta en marcha (vivienda, grupos vulnerables, educación , limpieza viaria, circulación, desarrollo turístico, etc) adicionalmente se impulsar la organización de MESAS/FOROS DE DEBATE, de manera periódica o puntual respecto a los tema de interés general, para cuestionar alguna actuación que se quiera llevar a cabo. 

• El Ayuntamiento contará con los correspondientes sistemas para garantizar el ejercicio de este derecho por vía telemática. 

• Habrá relaciones de actividades comunitarias donde cualquier vecino voluntariamente podrá inscribirse y participar, a nivel individual o colectivo.

• Los vecinos tienen derecho a ver garantizados por el Ayuntamiento los servicios municipales y la calidad de los mismos sean estos prestados directamente por el propio Ayuntamiento o mediante cualesquiera fórmulas legalmente establecidas, tanto en el centro como en la periferia.

• El Ayuntamiento y el pueblo debe reconocer las actividades, realizaciones o trayectorias de personas y entidades que lo merezcan. 

Una Administración ágil y tecnológicamente avanzada. 

• La Administración potenciará la “ventanilla única” para gestionar de manera conjunta autorizaciones, permisos o inscripciones necesarias para el inicio de una actividad. 

• El ciudadano  no se le exigirá la aportación de documentos que obren en poder de esta Administración Pública, salvo que las leyes lo requieran. 

• El Ayuntamiento, a través del Servicio de Atención Ciudadana, enviará al domicilio de quien lo solicite, de forma gratuita los volantes y otros documentos que oferta, necesarios para la iniciación de procedimientos o la solicitud de servicios de la Administración. 

• Los documentos emitidos por los órganos de la Administración Municipal y por los particulares a través de medios electrónicos y telemáticos, en soportes de cualquier naturaleza, tendrán plena validez y eficacia siempre que quede acreditada su integridad y autenticidad de conformidad con los requisitos exigidos en las leyes. 

• El Ayuntamiento revisará progresivamente, con la colaboración y participación de los interesados, los procedimientos administrativos para hacerlos más sencillos, breves y accesibles. 

II. UNA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL SOLIDARIA Y DEFENSORA DEL MEDIO AMBIENTE. 

Protección de las personas con discapacidad. 

• El ciudadano afectado por cualquier tipo de discapacidad sensorial, física o psíquica, podrá ejercitar con plenitud los derechos reconocidos en estos principios y en las leyes. El Ayuntamiento reconoce a todos los ciudadanos, y particularmente a los discapacitados, el derecho de accesibilidad universal, lo que implica el compromiso por iniciar la eliminación de barreras de todo tipo, físicas o de otra índole y sobre todo crear una conciencia social para el futuro..

• Se comprobará con especial cuidado que el acto de comunicación ha llegado a conocimiento efectivo de su destinatario y, en su caso, de ser necesario, se procederá a la lectura en voz alta del contenido del acto. 

• Los edificios administrativos deberán ir proveyéndose de aquellos diseños o configuración, de instalaciones o servicios que faciliten el acceso y la estancia en los mismos, a fin de propiciar la eliminación de limitaciones o barreras. 

Los inmigrantes ante la Administración. 

• El extranjero tiene derecho a ser atendido por las autoridades y todos los que prestan sus servicios en la Administración Municipal de acuerdo con lo establecido en este documento y sin sufrir discriminación alguna por razón de su raza, lengua, religión o creencias y conforme a lo dispuesto por los convenios internacionales ratificados por España. 

• Los extranjeros inmigrantes en la Cabrera tienen derecho a recibir una protección adecuada de la Administración Municipal al objeto de asegurar que comprenden el significado y trascendencia jurídica de las actuaciones administrativas en las que intervengan por cualquier causa. 

• No habrá discriminación en impuestos y tasas sean residentes o no. 

La Administración y los ciudadanos en situación de exclusión. 

• Los ciudadanos en riesgo o en situación de exclusión tienen derecho a una especial protección por parte de las autoridades municipales y del resto de instituciones públicas. Éstas dispondrán de los servicios y medios adecuados para procurar la plena integración social de todos los vecinos. 

La Administración Municipal y el Medio Ambiente. 

• Todos los ciudadanos tienen derecho a vivir en un medio ambiente sano, equilibrado y seguro y a que se proteja y salvaguarde dicho entorno para generaciones futuras. 

• El Ayuntamiento fomentará el uso de energías renovables en cuantas instalaciones acometa y deberá promover su aplicación en las viviendas, comercios o industrias del municipio, partiendo por el propio Ayuntamiento como modelo 

• El Ayuntamiento debe facilitar la movilidad y la accesibilidad de la ciudadanía, fomentar la utilización del transporte público por delante del transporte privado y la utilización de vehículos no contaminantes por delante de los que puedan producir algún tipo de contaminación. Las medidas concretas de aplicación de esta norma se tienen que establecer en las ordenanzas municipales. 

• La hacienda municipal, en el marco de la legislación vigente, tenderá a gravar las actividades o los bienes que produzcan contaminación, molestia, o ruidos se hallen o no gravados los que sean inocuos. En todo caso, los servicios municipales deben considerar prioritarias las actuaciones dirigidas a restablecer el orden medioambiental cuando éste sea perturbado. Comenzando por él mismo y tomando como referencia el punto limpio y pidiendo la opinión a los vecinos perjudicados, sobre horarios en fiestas locales.

• El Ayuntamiento informará sobre las condiciones ambientales en el término municipal, especialmente sobre las relativas a los niveles de riesgo en épocas veraniegas e invernales, mediante publicidad y bandos de alcaldía

Nota: Aquí he añadido también “invernales”. Teniendo en cuenta donde nos localizamos y por el riesgo que conlleva las nevadas, heladas, etc…determinados días del año, creo que se hace necesario tenerlo en cuenta especialmente. 

III. UNA RELACIÓN DE CONFIANZA CON LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. 

• El ciudadano tiene derecho a la debida atención y a la prestación de un servicio diligente y de calidad por parte del funcionario o empleado público competente en el cumplimiento de la labor que le corresponda. 

• El ciudadano tiene derecho a denunciar ante la Administración Municipal una conducta presuntamente contraria a la deontología profesional y a conocer a través de una resolución motivada el resultado de su denuncia. 

• El ciudadano tiene derecho a una atención confidencial y a que los profesionales que le atiendan guarden secreto de cuanto les revelen o confíen en el ejercicio de estas funciones, así como a la protección de sus datos de carácter personal, conforme a la normativa vigente. Para garantizar este principio firmarán un acuerdo de confidencialidad

• El Ayuntamiento proporcionará cursos de formación al personal sobre atención ciudadana. 

IV. DEBERES DE LOS CIUDADANOS DE LA CABRERA ANTE SU ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL. 

Con el objeto principal de lograr el bienestar colectivo y favorecer una convivencia ciudadana en paz y en libertad, los ciudadanos tendrán los siguientes deberes: 

a) Cumplir las obligaciones que establezcan las normas, ordenanzas y reglamentos municipales o administrativos, así como las resoluciones o acuerdos que les afecten. 

b) Contribuir, mediante las prestaciones legalmente previstas, a la realización de las competencias municipales. 

c) Facilitar a las autoridades municipales, conforme a la legalidad vigente, los datos e información que les soliciten, cuando aquéllos, justificadamente, sean necesarios para la tramitación y el buen fin de los procedimientos administrativos. 

d) Comparecer ante la autoridad municipal cuando sean citados según una disposición legal con indicación del motivo de citación. 

e) Facilitar a la Administración la realización de informes e inspecciones en los supuestos previstos por la ley o cuando sea necesario para la tramitación de procedimientos administrativos que correspondan al Ayuntamiento a fin de ejercer sus propias competencias y actividades legítimas o para defender los intereses generales. 

f) Proporcionar a la Administración, cuando actúe en defensa de los intereses generales o en el ejercicio de sus competencias, los datos que conozcan, y que sean necesarios, que permitan identificar, en el marco del respeto a la intimidad, al secreto profesional y a las leyes, a terceros interesados que hayan de comparecer en un procedimiento. 

g) Mantener un trato respetuoso y correcto con el personal que integra la Administración Municipal y sus autoridades, en correspondencia al deber del personal y autoridades administrativas de mantener un trato atento y respetuoso con los ciudadanos.

h) Subsanar y corregir las deficiencias observadas en sus actuaciones o actividades  y, especialmente, cuando hayan sido requeridos a tal efecto por la Administración Municipal.

EFICACIA de Principios de desarrollo y equidad

Los ciudadanos de La Cabrera tienen derecho a exigir el libre ejercicio de los derechos reconocidos en este documento y de cualesquiera otros que le confieran la Constitución Española y las leyes. Estarán vinculados a todas ellas, los administrados y la Administración, y en concreto, las autoridades, corporación municipal, funcionarios o empleados públicos y demás personas e Instituciones que cooperan con la Administración Municipal. 

Este documento será difundido a todas las Áreas y Organismos de la Administración municipal, a sus funcionarios y empleados, y estará a disposición material de todas las Asociaciones y ciudadanos, siendo su contenido accesible a través de la página web municipal. 

La Administración Municipal, en el marco de sus competencias, adoptará las disposiciones oportunas y proveerá los medios necesarios para garantizar la efectividad y el pleno respeto de los derechos reconocidos y los deberes recogidos en estos principios de desarrollo y equidad municipal. 

La autoridad municipal ha de evitar, con los medios de que disponga, cualquier acto individual o colectivo que pueda perturbar o impedir, por medios ilícitos o ilegales, el desenvolvimiento de las iniciativas individuales o colectivas legales y legítimas. La autoridad municipal debe promover el principio básico de convivencia y respeto. 

El Ayuntamiento llevará a cabo un seguimiento y evaluación permanente del desarrollo, cumplimiento o necesidades de actualización o revisión de estos principios